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RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2019, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, por la que establece el calendario de admisión de alumnado de educación secundaria para personas adultas en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2019-2020.

Publicado el 01/03/2019 (Nº 42)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Orden de 4 de abril de 2011, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la admisión de alumnos de Educación Secundaria para personas adultas en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, determina en su artículo 4.1 que el calendario de las sucesivas fases del proceso de admisión de alumnos de la Educación Secundaria para personas adultas será establecido cada año por la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente mediante Resolución publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 8.1.g) que corresponde a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, la Educación Permanente de las Personas Adultas, mediante el desarrollo del Plan Aragonés de Educación Permanente, la coordinación de la Red de Centros de Adultos de Aragón, y su ordenación académica.

Por lo tanto, se considera que en el momento actual resulta necesario fijar los plazos de admisión y matriculación en las enseñanzas mencionadas referidos al curso 2019-2020.

Por todo lo anterior, y en cumplimiento a los establecido en la Orden de 4 de abril de 2011, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Calendario de admisión y matrícula.

Se establece el calendario de admisión y matrícula de alumnado de Educación Secundaria para Personas Adultas en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2019-2020, de conformidad con el anexo de esta Resolución.

Segundo.- Procedimiento de admisión y matrícula.

El procedimiento de admisión será el establecido en los artículos 6 y 7 de la Orden de 4 de abril de 2011, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la admisión de alumnos de Educación Secundaria para personas adultas en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Vacantes.

El número de vacantes será determinado por esta Dirección General, previa consulta a los Directores de los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, antes del inicio de la fecha del procedimiento de admisión del alumnado.

Cuarto.- Publicación.

Ordenar la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Quinto.- Recursos administrativos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 11 de febrero de 2019.

El Director General de Innovación, Equidad y Participación,

ANTONIO MARTÍNEZ RAMOS